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domingo, 21 de febrero de 2016

Guzmán y Keiko no deberían estar muy contentos

Por Juan De la Puente
La encuesta de Ipsos publicada hoy presenta un escenario electoral nuevo, distinto al de los 5 o 6 meses anteriores, y es reveladora en dos aspectos:
1.- Destruye la segunda línea del escenario al separar a Julio Guzmán de otros cinco candidatos (PPK, César Acuña, Alan García, Verónika Mendoza y Alfredo Barnechea) y crea con estos una tercera línea. Ya no más Blancanieves y los siete enanitos. El nuevo escenario es más fragmentado aunque menos disperso. Entre los cinco candidatos mencionados obtienen 28% de intención de voto.
2.- Se definen tendencias que parecen irreversibles a 50 días de las elecciones, entre ellas la caída de PPK (pierde 7 puntos desde diciembre), el desplome de Acuña (cae 7 puntos en un mes) y la irrupción por ahora moderada de Verónika y Barnechea (los dos están en 4%). Alan es un misterio demoscópico porque si bien ha bajado tres puntos desde diciembre, esta caída no es tan profunda como para convertirse en una tendencia. Además, siempre hay que recordar parafraseando al “Puma” Carranza, que el Apra es el Apra.
La primera reacción de los partidarios o votantes de Guzmán debe ser la alegría porque trepa 13 puntos en un mes. No obstante, esta subida no parece corresponder a la intensidad del momento que lo convierte en protagonista. Habida cuenta que ha sido objeto de una extensa publicidad a raíz de las resoluciones del JNE y JEE, y que tiene la oportunidad de presentarse como la gran víctima de las reglas de la vieja política, yo esperaba algunos puntos más, entre 22% y 25%. Podría ser que Guzmán haya desperdiciando un tiempo valioso en las carpas frente al Jurado en lugar de ponerse la vincha y llamar con resolución a la movilización ciudadana para construir una alternativa más potente.
Sobre Keiko, la comodidad del 30% no debe evitar advertir si se desea ser rigurosos que ha caído 3 puntos, casi el 10% de lo que tenía el mes pasado y 5 puntos desde diciembre. Sucede que la destrucción de la figura de Blancanieves también le afecta. Mirando la letra pequeña de la encuesta de Ipsos hay hechos que su campaña tomará en cuenta.
Entre ellas menciono dos; Keiko cae fuertemente en un mes en las regiones; en el centro 16 puntos (de 42% a 26%) en el sur 3 (de 25% a 22%), en el oriente 6 (de 35% a 29%), y en el Perú rural 9 (de 40% a 31%). En compensación a ello, parece haber recibido algo de la caída de 7 puntos de Acuña en el norte.
La composición de la intención de voto de Guzmán es la expresión de este samaqueo que se aprecia fuera de Lima. Guzmán tiene 22% en el Perú Rural y 25% en el sur. En tanto, ha frenado su irrupción entre los jóvenes (24%) y tiene problemas con el sector E (11%), aunque penetra más fácilmente allí que PPK, así como en los sectores C y E.
De hecho, ahora PPK frena a Guzmán como el 2011 frenaba a Toledo. La pelea Guzmán/PPK será la más sangrienta de las próximas semanas, claro si Guzmán sigue en carrera.
El escenario descrito evidencia cierta estabilidad en Lima y en los sectores A y B, y más movimientos en los sectores de “abajo” y en las regiones. También evidencia que a diferencia de diciembre y enero las contracampañas y denuncias han funcionado más que las campañas. Lamento tener la razón en el sentido que la contrapolítica es más fuerte que la política.
Me inclino a pensar que Keiko está saliendo de su zona de confort y que Guzmán es dueño ahora del 18% pero también de un fuerte y rápido anti que ya hizo efecto en Acuña. Guzmán solo puede ensayar una huida hacia adelante, es decir, convertirse en el candidato antifujimorista por excelencia aunque eso lo llevará a cambiar su narrativa y ser menos duro con los que llama dinosaurios. Esa operación de desvestirse y vestirse en medio de la escena es compleja y no siempre ha funcionado.
Finalmente, no sería correcto predecir cómo se resolverá la disputa en la recientemente creada tercera línea. Mientras que PPK y Alan están condenados a combatir a Guzmán, Acuña en bajada tiene la obligación de no pelearse con nadie en particular. A Verónika y Barnechea les ha ido bien hablándole primero al país y quizás sea el tiempo de que ensayen un discurso desde la política contra la antipolitica y sus candidatos precarios, una labor que ahora solo la realiza Alan.

viernes, 19 de febrero de 2016

La pelota en la cancha de Guzmán

Por Juan De la Puente
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 ha emitido la resolución N° 001-2016-JEE-LC1/JNE sobre el caso Guzmán, poniéndose a medio camino entre el fallo de mayoría del JNE y los argumentos de la minoría.
La resolución es una pieza sencilla e ilustrativa. Rescato de ella su desapego al formalismo administrativista y su reconocimiento de una mínima legalidad para del validez de los actos partidarios. En cambio, reconoce el derecho a la participación política como fundante de la democracia y de la existencia de los partidos. Es obvio que este derecho no es absoluto.
Por otro lado, reconoce también la necesidad que los partidos garanticen la democracia interna y el debido proceso en sus filas.
El JEE centra su observación en que los miembros del Tribunal Nacional Electoral de Todos por el Perú (TPP) no aparecen en el registro de afiliados de partidos que maneja el ROP y  declara inadmisible (no improcedente) la inscripción, otorgando a TPP dos días de plazo para subsanar la observación central.
Esto es lo mínimo que se le puede pedir a un tribunal que aprecia una litis en la que está comprobado que el ROP ha incurrido en vicios de notificación.
El JEE no se refiere al fallo del JNE relativo a las asambleas de TPP de octubre de 2015 y enero de 2016 y no sé si lo hará en la segunda resolución luego de la subsanación. Por esa razón creo que no está dispuesto a establecer un precedente vinculante entre la resolución del JNE y la suya.
Me parece -solo es una sensación- que el JEE ha iniciado el camino del control difuso (la figura legal que consiste en que un juez o tribunal prefiere a la Constitución sobre una noma de menor jerarquía si encuentra incompatibilidad entre ellas, y a una norma legal sobre otra de menor jerarquía si sucede lo mismo. Art. 138 de la Constitución) sin mencionar este mecanismo de control, por su reiterada mención a  las disposiciones de rango constitucional.
Así, el punto 1.3  de la resolución señala “El art. 110° de la Constitución Política del Perú, concordante con  los arts. 106°, 107° y 108° de la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones establecen los requisitos para ser elegidos Presidente y Vicepresidente de la Republica y los impedimentos para postular a dichos cargos. Estableciéndose en el art. 109° de la LOE, el plazo (90 días naturales antes de la fecha de las elecciones) para inscribir la fórmula de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República”.
Luego, reparo en otros dos partes del fallo. El  1.5 dice “Sin embargo, la solicitud de inscripción que no cumpla con los requisitos señalados en el numeral anterior, será declarada inadmisible siempre que las observaciones anotadas puedan ser subsanadas en los plazos que señala el art. 37° del Reglamento (el subrayado es mío), en cuyo caso el Jurado Electoral Especial emitirá la resolución de admisión de la solicitud de inscripción”.
El 1,6 abunda: El literal c. del artículo 38.3° del Reglamento, precisa que el incumplimiento de las normas sobre democracia interna, conforme con lo señalado en los artículos 19° al 27° de la LOP, es un requisito de ley no subsanable, que deviene en improcedente la solicitud de inscripción. También deviene en improcedente por no subsanar las observaciones anotadas”.
Declarar la inscripción inadmisible más el pedido de subsanación hace presumir que el JEE desea establecer un balance entre los derechos de participación y la democracia interna. Creo que la pelota está en la cancha de Guzmán. ¿Podrá subsanar?
 

martes, 16 de febrero de 2016

Guzmán, con medio cuerpo afuera

Por Juan De la Puente
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó por mayoría la improcedencia de la modificación de los estatutos y de la dirigencia del partido Todos por el Perú (TPP) que encabeza el candidato presidencial Julio Guzmán. De ese modo respaldó lo actuado en este caso por su instancia dependiente, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
El Jurado pudo resolver el caso ampliando la esfera de su resolución a las decisiones  posteriores a los actos que declara improcedentes, para lo que se encuentra perfectamente habilitado en su doble condición de tribunal administrativo y de justicia electoral, con una vasta jurisprudencia de fallos de contenido evolutivo y axiológico. Si hubiese sido el caso, con una sola resolución, el JNE habría despachado la candidatura de Guzmán.
No lo ha hecho y ha dejado a Guzmán con medio cuerpo afuera del proceso electoral; o medio cuerpo dentro. En cambio, ha hecho saber que su decisión se limita al ámbito de lo actuado por la ROP, es decir, lo estrictamente administrativo y que lo que ha resuelto es independiente de la inscripción de la fórmula presidencial y listas al Congreso de la República ante los jurados electorales especiales.
El Jurado ha soplado decenas de plumas, no solo al JEE de Lima por el asunto de la candidatura de Guzmán sino a los 25 JEE que tienen en sus manos las candidaturas parlamentarias. En el caso de Guzmán, el JEE de Lima Centro deberá pronunciarse cuanto antes y su fallo en cualquier circunstancia será objeto de apelación de modo que en una o dos semanas el JNE volverá a ocuparse del mismo caso aunque en sus efectos. Queda claro que todavía deberá pronunciarse en vías de reconsideración si TPP se lo pide.
La movida del JNE es interesante y especialmente audaz, al dividir el caso en dos ámbitos el jurídico/administrativo sobre el que ha resuelto y el jurídico/político que tendrá que resolver en primera instancia el JEE de Lima.
El JEE tiene dos posibilidades. La primera es señalar que el acto previo impugnado, o sea el cambio de estatutos de TPP, invalida los siguientes y por lo tanto todas las candidaturas de TPP son improcedentes. La segunda es señalar que el acto administrativo no alcanza a Guzmán y sus listas, y que sigue en carrera. El derecho le da instrumentos normativos a ambas decisiones y cualquiera de las dos serán polémicas.
En ambos casos, el JNE tendrá que volver a pronunciarse y para  ello es importante saber el tipo de debate que se ha producido en su seno. El Jurado ha debatido con la misma intensidad que lo hecho la sociedad. Tres de sus magistrados han razonado como lo hicieran una parte de la sociedad, es decir “la ley es la ley” y por lo tanto no se admiten subsanaciones de las irregularidades detectadas por el ROP.
Dos ellos, entre los que se encuentra el Presidente del JNE, Francisco Távara, razonaron de un modo distinto, una posición con la que me encuentro más de acuerdo. Ellos señalan sin renunciar al principio de que la ley es la ley que una asamblea extraordinaria “sí puede convalidar los actos partidarios previos pues se trata del máximo órgano del partido y que sobre lo sucedido no se han presentado cuestionamientos por los afiliados al partido”.
Este punto de vista me satisface porque introduce dos principios cada vez más demandados en las resoluciones que versan sobre derechos, el de la recta razón y de la eficacia integradora, muy necesarios en un proceso electoral que reclama un final renovador del sistema político.
Esta visión creo que es justa en la medida que introduce una interpretación de la ley desprovista del positivismo -superado hace más de 200 años- ubicando el papel de los jueces electorales en una dimensión de mediación social, alto espíritu creativo, y alta sensibilidad política en el mejor sentido de la palabra, como lo pedía el maestro colombiano Luis Carlos Sáchica cuando se trataba de los que al interpretan y juzgan.
El JEE razonará con una lógica más política y el JNE también. Para ello pasará varios días y será determinante cómo se salda el debate en la calle. La encuesta del domingo y el papel de los medios serán decisivos. La parte jurídica administrativa ha terminado. Entramos a la fase jurídico político.
Actualización 4 pm. 16/2/2016
Tengo en a la vista el íntegro de la resolución 093-2016 del JNE y ruego leerlo con paciencia porque es útil en los detalles.
La razón central de la posición de los 3 magistrados en mayoría para denegar el pedido de TPP es que el acta del 20 de enero de 2013 presentada por este partido no permite subsanar las irregularidades registradas en la modificación del estatuto, los integrantes del CEN y el tribunal electoral, así como la modificación del símbolo partidario.
No me queda claro porqué la mayoría del JNE se resiste aceptar la figura de la subsanación, madre del derecho administrativo moderno y que evita el abuso del admnistrador frente al administrado.
El procedimiento administrativo no es un fin sino un instrumento. De allí el principio de instrumentalidad de las leyes de procedimiento que tiene en cuenta el interés general; la satisfacción del interés del administrado; y el logro de la administración sometida a la legalidad.
Esta visión es un retroceso porque concibe las relaciones entre la administración y los administrados con una lógica siempre a favor de la primera y muchas obligaciones de los segundos. Hay en eso un tufo de prepotencia.
Por su parte, los dos miembros del pleno en minoría, incluido su Presidente, razonan desde otro ámbito. Ellos dicen que el JNE  no puede limitarse a sostener que la presentación del acta de la asamblea general extraordinaria del 20 de enero de 2016 se realizó de manera extemporánea, sin considerar que su celebración tuvo como propósito expreso legitimar los acuerdos cuya inscripción rechazó el ROP que no comunicó las observaciones al partido político ni concederle el plazo para la subsanación. Tampoco, es posible dejar de admitir que, contrariamente a lo señalado por dicha dirección, en este momento el partido político está legalmente imposibilitado para presentar una nueva solicitud de modificación de partida electrónica, pues está participando en el proceso electoral actualmente en curso.
A los que se cierran en principio incompleto de “la ley es la ley”, estos dos miembros del JNE les dice que no se puede desconocer el derecho de toda organización política de participar en un proceso electoral con arreglo a sus propias normas internas, que implica, entre otros aspectos, la posibilidad de establecer libremente su estructura y funcionamiento. Por ello consideran necesario admitir y valorar la documentación presentada por el partido político Todos por el Perú con su recurso de apelación del 5 de febrero de 2016. Añaden que tal decisión se justifica en aras de adoptar una decisión que valore integralmente las decisiones adoptadas por el partido político y evitar algún tipo de afectación irrazonable y desproporcionada.

viernes, 5 de febrero de 2016

Encuestas, la letra pequeña

http://larepublica.pe/impresa/opinion/738811-encuestas-la-letra-pequeña
La República
La mitadmasuno
5 de febrero de 2016
Juan De la Puente
El tono golpista y espectacular con el que se presentan las últimas encuestas, que absolutizan un resultado e ignoran el contexto, convierte al resto de datos en la letra pequeña de un registro. Ha sucedido con la reciente encuesta de GfK, de la que se extrae solo el salto de Julio Guzmán –que lo es– y su empate técnico con Acuña y PPK, subestimando reveladora información a nueve semanas de las elecciones.
La excesiva importancia del empate técnico esconde la sostenida debilidad de la opción alternativa a Keiko Fujimori, quien se acerca nuevamente al tercio de votos, y la irresuelta fragmentación de quienes se afanan por reconstruir las versiones del tradicional centro electoral peruano cuyos aspirantes (Guzmán, Acuña. PPK, García, Toledo y Mendoza) suman un 41%. La esperanza de que de ese pelotón salga el gallo de tapada contra Keiko se relativiza por las guerras intestinas sin contenido en la segunda línea. A pesar de esta guerra, todos salvo PPK han aumentado su intención de voto, señal que las campañas funcionan por ahora más que las contracampañas.
Las brechas entre el centro disperso en guerra y Keiko revelan el impacto desigual de las narrativas de la crisis y sus límites. Keiko solo tiene 14% en A/B, es decir, 18 puntos menos que su promedio general, frente a Guzmán que allí obtiene 18%, PPK 24%, García 10% y Mendoza 3,8%.
Este centro elitista y básicamente limeño se ahoga en el sector D/E donde Keiko luce un potente 39%, frente a Guzmán (9%), PPK (5,4%), García (5,2%), Toledo (2,9) y Mendoza (0,9%). Tampoco le va bien en el Perú rural donde los seis candidatos suman 30% mientras 
Keiko alcanza 42%.
El discurso de la mayoría de opciones que intentan el centro se parece. Se diferencian Guzmán por su recusación  de la política tradicional y Mendoza y Barnechea por su crítica al modelo económico. Existen otras razones específicas que achatan a los que intentan ser la alternativa a Keiko; en PPK su escasa consistencia en las regiones; en Acuña las denuncias de su pasado y presente malandrín; en García la colosal acusación de los narcoindultos; en Toledo la estela luminosa de Ecoteva; y en Mendoza su dispersión programática y el afán cainita de la izquierda.
El centro tradicional está en crisis y ya fue. En anteriores elecciones era más fácil encontrar un punto intermedio entre posturas más radicales. Esta posibilidad se dificulta por la irrupción de dos grandes asuntos de Estado a los que la política responde desigualmente: la inseguridad que genera mensajes populistas y la corrupción, vacía de mensajes.
El centro no ha podido hilvanar respuestas alentadoras en ambos casos. Ese centro elitista y urbano seguirá siendo mínimo si no produce cambios en la narrativa de la crisis institucional. En octubre del año pasado GfK ya había detectado un cambio de fondo en las percepciones ideológicas reportando la drástica caída a 14% de quienes simpatizan con el centro y el incremento a 24% de quienes simpatizan con la derecha.
La dispersión en la segunda línea ha producido pocos cambios en el escenario electoral. Los más significativos fueron la irrupción de Acuña en noviembre y de Guzmán en enero. Entre una y otra aparición existen diferencias; Acuña subió prestándose votos de otros candidatos mientras que Guzmán debe gran parte de su salto a la caída drástica de los rubros No sabe/No opina y Blancos/Viciados que pasa de 35% a 22%.
Finalmente, la disyuntiva viejo/nuevo ahora dominante favorece a Keiko que se mueve bien en ambos lados del clivaje. Sus oponentes pugnan por diferenciarse entre sí y en ese propósito consiguen muy poco. Es el escenario de Blancanieves y los enanitos donde los candidatos se hablan entre sí sin esforzarse por hablarle al país. Podrían llegar así al 10 de abril si alguno no se atreve a movilizar con audacia a los ciudadanos alertando del peligro de la falta de gobernabilidad si gana la elección un presidente aislado y aislable o un quiebre público si no se encara la crisis institucional y la falta de reformas.