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viernes, 22 de agosto de 2014

Control político o cama saltarina. Seis comentarios al voto de investidura que no es de investidura


Por Juan De la Puente
Lo sucedido con el llamado voto de investidura se presenta otra vez como una comedia de enredos que, vista con realismo y principismo, no beneficia ni al gobierno ni a la oposición, al mismo tiempo que deja sentado antecedentes que debilitan el sistema político peruano y su régimen democrático. Aquí algunas ideas:
1.- La comedia de enredos surge de una decisión equívoca del Congreso en marzo pasado a raíz de la presentación del gabinete Cornejo cuando, a partir de una interpretación con escaso sentido práctico y jurídico, se impide que la votación mayoritaria en ámbar (abstención) no signifique un rechazo al pedido de confianza. Esta disposición, que no figura ni en la Constitución ni en el Reglamento del Congreso, se origina en un acuerdo del pleno de 11 de diciembre del año 2003 que aprueba un informe de la Comisión de Constitución sobre el procedimiento a seguir cuando una comisión ordinaria pide facultades de investigación y sobre la aplicación del Reglamento en el caso de que como resultado de una votación las abstenciones sean mayores a los votos a favor o en contra. Esta decisión no se convirtió en norma positiva y como se aprecia no resiste un mínimo test de legalidad.
2.- Esta interpretación que parecería beneficiar a un gobierno, en este caso al de Ollanta Humala, en realidad beneficia a la oposición, aunque a la larga perjudica a todos. Permite que el Congreso, formando una mayoría no política (es decir con programa propio) bloquee al gobierno. Muy al estilo peruano, el hecho que el Congreso no apruebe ni rechace al gabinete abre un período signado por la pérdida de legitimidad, lo que en realidad no es el propósito del mecanismo constitucional del llamado voto de investidura. La figura de sesiones de voto infinitas -no se ponen de acuerdo y si son tres o más- es tan insolvente que podría tenerse a un gabinete rebotando cada dos días, un modelo de política italiana que no debería imponerse en el Perú, un país de instituciones débiles.
3.- El mismo “voto de investidura” peruano no lo es, como tampoco lo es nuestro "premier"; es así que en los artículos 130° y 134° de la Constitución este procedimiento recibe el nombre de voto de confianza.  El voto de investidura es propio de los regímenes parlamentarios donde la jefatura de gobierno está separada de la jefatura de Estado, de modo que el Congreso inviste, nombra y permite formar gobierno recurriendo para ello a una mayoría política, es decir aquella que se presenta con un programa propio y si es necesario a través de alianzas. En nuestro régimen presidencial, el Congreso no forma gobierno, no inviste y no designa al premier; su papel es confirmar, controlar y si se quiere ratificar o habilitar, y de allí la palabra confianza. Por lo mismo puede no confiar, desaprobar o no confirmar y en ese caso existe un procedimiento establecido: nuevo gabinete, y si es el caso nuevas elecciones si dos gabinetes han sido censurados o no alcanzaron la confianza. En esa perspectiva, el debate de la llamada investidura ha sido en general juicioso y por esa razón debió concluir en una decisión cierta y útil. Lo que se tiene en cambio es una incertidumbre constitucional, política y específicamente gubernamental.
4.-Una cosa es el control político y otra una cama saltarina. Así como el Congreso no puede bloquear al gobierno, aunque si puede censurar o no entregarle la confianza, tampoco puede establecer figuras que salen de los límites de sus funciones de control. La idea del diálogo Ejecutivo/Legislativo es consustancial al control y de hecho el llamado indirizzo político europeo (colaboración de órganos más control) es rico en ejemplos. Es un acto y un proceso, no una medida de presión o una coartada. Por ello que la idea de negociar nombres de ministros y políticas es muy peligroso para el mismo Congreso que termina, por ese mecanismo, siendo parte de las decisiones del Ejecutivo, un Congreso gobernante o casi gobernante. Todo esto lo digo coincidiendo en que fue un error del gabinete ir al Congreso como si fuera el primero del gobierno y sin dejar en su casa al ministro Eleodoro Mayorga.
5.- De modo que ahora tenemos un Congreso que no ha negado la confianza ni ha habilitado al gabinete pero en cambio ha bloqueado al gobierno y acaba de aplicarle al Ejecutivo un dardo adormecedor. Si somos optimistas, esta etapa puede durar tres días, aunque igualmente treinta. Todo ello en lugar de votar verde o rojo a la primera o considerar como lo dicta el sentido común que el voto ámbar es igualmente un rechazo a la confianza y por lo tanto con efecto jurídico constitucional. Son las consecuencias de la práctica de un pseudo parlamentarismo en el marco de un presidencialismo ya deformado por la Constitución de 1993.
6.- Me interesa también la perspectiva política de los hechos y su prospectiva. En ese sentido, este episodio tiene dos actos; el primero el de la cama saltarina, pero advierto que en el segundo la base de esta cama se desfondará y los actores, los que saltan y hacen saltar, recibirán tomates y naranjas del respetable.