domingo, 19 de mayo de 2013

La contrarreforma política

http://www.larepublica.pe/columnistas/la-mitadmasuno/la-contrarreforma-politica-09-05-2013
La República
La mitadmasuno
10 de mayo de 2013
Juan De la Puente
Se anuncia el recojo de firmas para presentar al Congreso una iniciativa legislativa que permita instalar la revocatoria de los parlamentarios. La iniciativa, a cargo de uno de los promotores de la revocatoria a la alcaldesa de Lima, es presentada como un esfuerzo serio por la reforma política. Y no lo es.
En el Parlamento y en la sociedad se debate hace dos años iniciativas de reforma política que abarcan varias áreas: el fortalecimiento de los partidos, incluyendo la democracia interna; el financiamiento público; los requisitos para el ingreso y la salida del sistema político; el proceso de selección de los candidatos, los distritos electorales; el voto preferencial; la alternancia de género en las listas a cargos de elección popular; la responsabilidad de los postulantes y de los elegidos; la pérdida de la investidura parlamentaria; las incompatibilidades; y la rendición de cuentas, entre otros.
El proceso se tramita con lentitud pero avanza y se espera que este año, considerado crucial para la reforma, se concreten algunos cambios en la formación de la representación y en la gestión de los partidos y de los procesos electorales. Para el efecto, dos sucesivos grupos de trabajo de la Comisión de Constitución elaboraron informes y recomendaciones y, en ese contexto, dicha comisión aprobó hace poco el financiamiento público de los partidos. Existen otras decisiones en camino y en el horizonte el Congreso se prepara para un amplio debate del Código Electoral presentado por el JNE.
Puede afirmarse que aún a trompicones, el debate de la reforma ha empezado y ciertamente un tema en él es la renovación del mandato congresal. Una variante de esta figura es la que se propondría en la iniciativa de cuyo inicio se informa.
La iniciativa ciudadana es un mecanismo dispuesto por la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, Ley N° 26300, que permite presentar al Parlamento un proyecto de ley acompañado del 0,3% de firmas del padrón nacional. De hecho, desde el año 2001, la ONPE ha vendido kits para la presentación de 147 iniciativas ciudadanas. Con los estimados actuales se requerirían 60 mil firmas que, debidamente verificadas, obligarán al Parlamento a debatir un proyecto de ley.
Siendo la iniciativa legislativa el mecanismo ideal para promover desde la sociedad el debate de normas, no es cierto que la reforma política por excelencia sea la revocatoria parlamentaria. Empezar por la renovación del parlamento a mitad del mandato, sea por tercios o por mitades, sería acometer el problema de la crisis de los partidos poniendo énfasis en el resultado de la elección de la representación y no en la formación de esta representación.
No es una distinción adjetiva. La clave de la crisis que afecta a los elegidos y a las instituciones que ellos conforman se relaciona con incentivos nefastos que aparecen mucho antes de que el parlamentario se siente en el escaño. El más importante de ellos es el voto preferencial, el mecanismo que más contribuye al empobrecimiento de la representación y a la crisis de los partidos. A ello se agregan otros estímulos del caos como el financiamiento privado de las campañas, los distritos electorales demasiado amplios, la designación antidemocrática de los candidatos, la marginación de las mujeres de las listas, entre otros.
Empezar la reforma haciendo más precario el ejercicio de la labor parlamentaria, en un congreso unicameral, un mandato ya debilitado en la Constitución vigente, no sería una reforma sino un bloqueo de los cambios que se debaten, es decir, una contrarreforma, un diversionismo que hace más compleja la labor legislativa y que corre el riesgo de volverse contra el mismo sistema. Esa fue una de las razones para que la Constitución de 1920 suprimiera la renovación por tercios. Si se trata de la resistencia parlamentaria a purgar a quienes han cometido delitos, el derecho constitucional comparado ha establecido otros procedimientos. El más cercano es la figura colombiana de la pérdida de investidura congresal por mandato externo.

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