viernes, 29 de agosto de 2014

Billetera mata partido y militante

http://www.larepublica.pe/columnistas/la-mitadmasuno/billetera-mata-partido-y-militante-22-08-2014
La República
La mitadmasuno
22 de agosto de 2014
Juan De la Puente
Un seminario realizado esta semana por la ONPE, Idea Internacional y la Fundación Konrad Adenauer ha puesto con solvencia  sobre la mesa el problema del financiamiento de la política en el Perú, abordando clásicos tabúes como las donaciones, las redes ilegales, la precariedad de la supervisión de fondos y la legislación comparada.
Como a otros países de la región nos sucede algo curioso. En la teoría política, los principales organizadores de la política con la ideología y los programas, en tanto que en el mundo moderno los sistemas han logrado incluir el financiamiento en esquemas legales que regulan, ponderan y equilibran los factores de la movilización política de la sociedad, de modo que con el dinero y no contra el dinero, las ideas y los programas siguen siendo los factores centrales del quehacer público.
En el Perú, no obstante, desde 1985 y con mayor intensidad desde el 2001 el dinero es el principal organizador de la política, un modelo desregulado, nada ponderado y desequilibrado.
Este resultado se debe a cinco procesos que han operado con increíble eficacia; el primero, el incremento del costo de las campañas electorales debido a la expansión de la oferta publicitaria y la compra de votos, el aumento de la demanda de prebendas por parte de los electores, y la transformación definitiva de las campañas en operaciones más personales que institucionales. Cada 5 años se tiene en el país 1,500 campañas congresales, cada una de ellas con su propia economía.
El segundo proceso es el financiamiento ilegal, tanto el que procede de fuentes legales pero que es ocultado y el financiamiento ilegal por su origen: del narcotráfico, minería y tala ilegal, contrabando y otros. El tercer proceso es la compra directa de cargos por empresas mediante pagos por adelantado, una tendencia aparentemente incontenible en regiones y municipios.
El cuarto proceso es el desborde de la institucionalidad partidaria que interactúa con el flujo del dinero no regulado, consolidando el cacicazgo regional y local y la hegemonía de una plutocracia partidaria que convierte en dirigente al que tiene más dinero, o franquea la entrada al sistema a partidos empresariales, una de cuyas expresiones es, por citar un caso, Alianza para el Progreso (APP).
En esa forma de la política, billetera mata partido, dinero mata programa y chequera mata militante. Esta dinámica se fortalece con procedimientos de elección como el voto preferencial que disuelve el colectivo político y deshabita a los partidos; según el JNE, el año 2011 solo el 37% de candidatos al Congreso estaban afiliados a los partidos por los que postularon, en tanto que al inicio del actual período parlamentario 65 legisladores no militaban en los partidos por los que fueron elegidos.
El quinto proceso es el intenso emprendimiento partidario, que solo es posible con el despliegue de recursos. Desde 1992, en nuestro país se han legalizado 55 partidos, para lo que se han debido recabar por lo menos 22 millones de firmas, a un costo total mínimo de 22 millones de dólares. Un dato más abona a lo señalado: según la ONPE, entre el 2010 y 2012 más de 150 agrupaciones adquirieron kits electorales para inscribirse como partido político.
Por esa razón, abordar la regulación del financiamiento de la política es muy urgente, probablemente en un esquema mixto que combine los fondos públicos y privados. Al mismo tiempo, es preciso que esta regulación asuma una opción estratégica que además de la regulación administrativa que se propone vigilar el ingreso de dinero y la rendición de cuentas, se preocupe por disminuir el flujo de dinero en las campañas.
Este tema nos deriva a la reforma política y debería incluirse en ella, contra los deseos que ya se advirtieron el año pasado cuando se pretendió concretar el financiamiento público sin democracia interna, aumentando el número de firmas para inscribir a los partidos, incrementando el número de invitados independientes y sin hacer más vinculante la rendición de cuentas.

viernes, 22 de agosto de 2014

Control político o cama saltarina. Seis comentarios al voto de investidura que no es de investidura


Por Juan De la Puente
Lo sucedido con el llamado voto de investidura se presenta otra vez como una comedia de enredos que, vista con realismo y principismo, no beneficia ni al gobierno ni a la oposición, al mismo tiempo que deja sentado antecedentes que debilitan el sistema político peruano y su régimen democrático. Aquí algunas ideas:
1.- La comedia de enredos surge de una decisión equívoca del Congreso en marzo pasado a raíz de la presentación del gabinete Cornejo cuando, a partir de una interpretación con escaso sentido práctico y jurídico, se impide que la votación mayoritaria en ámbar (abstención) no signifique un rechazo al pedido de confianza. Esta disposición, que no figura ni en la Constitución ni en el Reglamento del Congreso, se origina en un acuerdo del pleno de 11 de diciembre del año 2003 que aprueba un informe de la Comisión de Constitución sobre el procedimiento a seguir cuando una comisión ordinaria pide facultades de investigación y sobre la aplicación del Reglamento en el caso de que como resultado de una votación las abstenciones sean mayores a los votos a favor o en contra. Esta decisión no se convirtió en norma positiva y como se aprecia no resiste un mínimo test de legalidad.
2.- Esta interpretación que parecería beneficiar a un gobierno, en este caso al de Ollanta Humala, en realidad beneficia a la oposición, aunque a la larga perjudica a todos. Permite que el Congreso, formando una mayoría no política (es decir con programa propio) bloquee al gobierno. Muy al estilo peruano, el hecho que el Congreso no apruebe ni rechace al gabinete abre un período signado por la pérdida de legitimidad, lo que en realidad no es el propósito del mecanismo constitucional del llamado voto de investidura. La figura de sesiones de voto infinitas -no se ponen de acuerdo y si son tres o más- es tan insolvente que podría tenerse a un gabinete rebotando cada dos días, un modelo de política italiana que no debería imponerse en el Perú, un país de instituciones débiles.
3.- El mismo “voto de investidura” peruano no lo es, como tampoco lo es nuestro "premier"; es así que en los artículos 130° y 134° de la Constitución este procedimiento recibe el nombre de voto de confianza.  El voto de investidura es propio de los regímenes parlamentarios donde la jefatura de gobierno está separada de la jefatura de Estado, de modo que el Congreso inviste, nombra y permite formar gobierno recurriendo para ello a una mayoría política, es decir aquella que se presenta con un programa propio y si es necesario a través de alianzas. En nuestro régimen presidencial, el Congreso no forma gobierno, no inviste y no designa al premier; su papel es confirmar, controlar y si se quiere ratificar o habilitar, y de allí la palabra confianza. Por lo mismo puede no confiar, desaprobar o no confirmar y en ese caso existe un procedimiento establecido: nuevo gabinete, y si es el caso nuevas elecciones si dos gabinetes han sido censurados o no alcanzaron la confianza. En esa perspectiva, el debate de la llamada investidura ha sido en general juicioso y por esa razón debió concluir en una decisión cierta y útil. Lo que se tiene en cambio es una incertidumbre constitucional, política y específicamente gubernamental.
4.-Una cosa es el control político y otra una cama saltarina. Así como el Congreso no puede bloquear al gobierno, aunque si puede censurar o no entregarle la confianza, tampoco puede establecer figuras que salen de los límites de sus funciones de control. La idea del diálogo Ejecutivo/Legislativo es consustancial al control y de hecho el llamado indirizzo político europeo (colaboración de órganos más control) es rico en ejemplos. Es un acto y un proceso, no una medida de presión o una coartada. Por ello que la idea de negociar nombres de ministros y políticas es muy peligroso para el mismo Congreso que termina, por ese mecanismo, siendo parte de las decisiones del Ejecutivo, un Congreso gobernante o casi gobernante. Todo esto lo digo coincidiendo en que fue un error del gabinete ir al Congreso como si fuera el primero del gobierno y sin dejar en su casa al ministro Eleodoro Mayorga.
5.- De modo que ahora tenemos un Congreso que no ha negado la confianza ni ha habilitado al gabinete pero en cambio ha bloqueado al gobierno y acaba de aplicarle al Ejecutivo un dardo adormecedor. Si somos optimistas, esta etapa puede durar tres días, aunque igualmente treinta. Todo ello en lugar de votar verde o rojo a la primera o considerar como lo dicta el sentido común que el voto ámbar es igualmente un rechazo a la confianza y por lo tanto con efecto jurídico constitucional. Son las consecuencias de la práctica de un pseudo parlamentarismo en el marco de un presidencialismo ya deformado por la Constitución de 1993.
6.- Me interesa también la perspectiva política de los hechos y su prospectiva. En ese sentido, este episodio tiene dos actos; el primero el de la cama saltarina, pero advierto que en el segundo la base de esta cama se desfondará y los actores, los que saltan y hacen saltar, recibirán tomates y naranjas del respetable.

sábado, 16 de agosto de 2014

La rebelión de los malos

http://www.larepublica.pe/columnistas/la-mitadmasuno/la-rebelion-de-los-malos-15-08-2014
La República
La mitadmasuno
15 de agosto de 2014
Juan De la Puente
La delitopolítica es la fase superior de la antipolítica, el sistema de organización del poder y de la gestión del Estado vigente desde hace 25 años y que ahora nos estremece al ponernos sobre la mesa a centenares de candidatos con sentencias penales por delitos sobre los cuales la sociedad tiene un especial cuidado.
Aunque la verdad sin tapujos es que ni el Estado ni la prensa deberían horrorizarse demasiado, sobre todo si el primero fue impulsor y cómplice de la antipolítica y la segunda su entusiasta anunciadora, promotora y defensora. Tampoco el mercado debería sorprenderse tanto porque en las últimas décadas ha pedido y bregado por un sistema político bonito y barato, no necesariamente bueno, y lo ha conseguido.
La presencia de candidatos narcotraficantes, violadores, usurpadores, secuestradores y terroristas en las listas electorales no es reciente aunque revista ahora la forma de una invasión. Están siendo paridos por un sistema que aplaude y premia el rechazo a los partidos, a las ideologías y al compromiso doctrinario. Lo que empezó como la adulación a los independientes por su naturaleza pragmática, sin lealtades y sin historia adquiere ahora la forma de una resignación pública ante un modelo que se sabe puede existir solo sobre la base de partidos pequeños, débiles y a merced de los caudillos, con una vida precaria y sin democracia interna, una travesía en permanente emergencia acosada por movimientos regionales y locales que reproducen y masifican la corrupción, el populismo y el clientelismo.
Los partidos fueron en este proceso víctimas y verdugos. La antipolítica les fue impuesta por lo poderes fácticos aunque se produjo al mismo tiempo como resultado de su falta de competencia para enfrentar las crisis en la década de los ochenta. Ya es un consenso en la academia considerar que el quiebre de lo que alguna vez pudo llamarse sistema de los antiguos partidos es a la vez asesinato y suicidio.
La desprofesionalización de la política se acentuó en la década pasada; a ella concurrieron medidas y fenómenos como la misma Ley de Partidos que consagró el fichaje de independientes y relativizó las elecciones internas. En un proceso paralelo, el voto preferencial y la falta de financiamiento público de los grupos políticos dinamizaron el encarecimiento de las campañas electorales consolidando el eje que mueve casi toda elección: candidatos prestados/dinero. Mi cálculo conservador es que en estas elecciones se gastarán por lo menos 1.000 millones de soles.
Los antiguos partidos se resistieron inicialmente a este impulso de compra y venta de listas electorales, pero han sucumbido a la tentación; la antipolítica ha logrado que todos se adecúen a ella y desde esa legitimidad ha convertido la formación de la representación en lo que ahora es, un proceso generalmente irregular y a veces fraudulento de reclutamiento de militantes, formación de comités y designación de candidatos.
No es extraño que en ese contexto las elecciones sean una oportunidad para que los malos salgan del clóset y se trepen con dinero en la mano a la lista electoral que encuentren. Esta fase superior de la antipolítica está en su momento inicial; los más de 2 mil candidatos sentenciados son apenas el 2% del total de candidatos en todo el país, pero al ritmo en que opera puede alcanzar fácilmente el 6% u 8% en los siguientes comicios, un porcentaje capaz de arrebatarle a la sociedad el impulso de cambio.
Lo que no aparece suficientemente claro en la indignación de medios y líderes es la asociación de la delitopolítica con otros fenómenos que estallan al mismo tiempo, como la corrupción regional y municipal; el plagio de planes de gobierno; la compra de periodistas, jueces y fiscales; y la corrupción de buena parte de jurados electorales especiales. Quizás sea un esfuerzo agónico para decirnos que a pesar de que los malos se rebelan, arrinconan a los buenos y se cuelan a los cargos de representación popular, la reforma política no es necesaria porque aún podemos seguir conviviendo con la antipolítica.

viernes, 8 de agosto de 2014

La reforma huérfana

http://www.larepublica.pe/columnistas/la-mitadmasuno/la-reforma-huerfana-08-08-2014
La República
La mitadmasuno
8 de agosto de 2014
Juan De la Puente
La reforma política fue abordada incluso antes de la aprobación de la Ley de Partidos Políticos (LPP) Ley N° 28094 del 2003. Como se recuerda, luego de la caída del fujimorismo se plantearon cambios institucionales y constitucionales de alto calado, cuyo paradigma más elevado fue la formación de una Asamblea Constituyente y la aprobación de una nueva constitución, y en una lógica minimalista la reinstalación del bicameralismo y la descentralización.
La misma LPP fue recibida con desconfianza y poco entusiasmo; gestionada como parte de las políticas de Estado del Acuerdo Nacional suscrito un año antes, fue posible solo por el empeño de un reducido grupo de líderes políticos y de la Asociación Civil Transparencia e Idea Internacional. Entonces, la academia razonaba con un receloso perfil, advirtiendo: 1) que lo más importante era fortalecer los partidos existentes y no debilitarlos normativamente; 2) que no debería ampliarse más un sistema ya demasiado abierto; 3) que debería colocarse más barreras de entrada al sistema y vallas para la permanencia en él: 4) que era riesgoso promover la renovación desordenada de las dirigencias partidarias; y 5) que era preciso abocarse a la reforma del Estado como un mecanismo legitimador de la política.
La LPP tuvo un sentido institucionalizador de lo existente antes que reformista, y a esa mediatización se debe su rápido fracaso. En el 2006 se hizo evidente la crisis de lo poco que quedada del sistema de partidos, cuando el parlamento se pobló de legisladores independientes ganadores de costosas campañas y cuando los partidos se replegaron a Lima y a las elecciones nacionales abandonando el resto del país. Los comicios del 2010 y 2011 profundizaron la crisis; en el 2010, las estructuras nacionales solo ganaron en 4 de 25 regiones, en 77 de 195 provincias y en 693 de 1.605 distritos. Y en el parlamento del 2011, por lo menos 65 legisladores electos no eran militantes de los partidos por los que postularon, a pesar de que algunos pasaron por fórmulas de comicios internos, obviamente fraudulentas. Nuestro Legislativo, un órgano político por excelencia, fue diezmado de políticos.
Si la LPP fue un hijo no deseado y esperado, la reforma política es evitada. La mayoría de partidos han desarrollado una sensibilidad contra la reforma y los que lo desean poseen dirigencias débiles ante sus bancadas, especialmente en este tema. Ello no ha impedido que la LPP haya sido modificada 8 veces y en 17 de sus 41 artículos, sobre todo para cerrar el sistema, elevando a 450 mil las firmas requeridas para legalizar nuevos partidos.
La reforma policía fue obviada por los candidatos presidenciales que compitieron el 2011; también fue ignorada por casi todos los medios y silenciada en los partidos; y hasta hace poco, la mayoría de académicos, politólogos y analistas pasaban de largo frente a ella con el registro general de que el problema de la políticas y de los políticos no son las reglas, una rotunda fórmula negadora. Este temperamento alcanzó inclusive a los proyectos de Código Electoral y de Ley de Partidos presentados en consenso por los organismos electorales al Parlamento.
La mención a la reforma que hiciera el Presidente de la República en su reciente mensaje a la Nación se produce luego del estallido de la corrupción regional aparejada con la fundición de las bancadas parlamentarias. En este nuevo momento se acepta por fin la necesidad de la reforma, aunque deberán pasar algunos años más para concretarla. Por ahora se han empezado a trazar los mapas de navegación de tan trascendental cambio.
Lamentablemente, el nuevo sentido común de la reforma política es todavía débil para imponerse; las llaves de la misma se encuentran en poder de los que viven y se reproducen gracias al viejo sistema de la formación de la representación. Los “comeoros”, “robacables”, lobistas y negociantes son todavía mayoría en el Congreso y hará falta una gran movilización ciudadana que echarlos de los salones del poder.

Los Cornejoleaks y los medios

La violación del secreto de las comunicaciones del ex premier René Cornejo ha expuesto miles de sus correros provenientes de una cuenta privada. No hay duda que se trata de una infracción a la ley penal que en este momento investiga la fiscalía. Sin embargo, la difusión de dichos correos ha empezado a ser considerado un delito por parte de algunos especialistas.
1.- En una entrevista para la web de La República, la Srta. Fátima Toche, jefa de la división de derecho y nuevas tecnologías del Estudio Iriarte y Asociados se ha expresado de la siguiente manera:
Pregunta. - ¿Al hacer mención al contenido de estos mensajes, la prensa comete un delito?
Respuesta.- Sí, porque se está divulgando, por lo menos la primera persona que lo haga, correspondencia destinada a ser privada. Y eso es castigado por el Código Penal.
Pregunta.-¿También la pena es de uno a tres años de prisión?
Respuesta.- Es una pena privativa de la libertad no mayor de dos años.
2.- Esta información es falsa. Ninguna norma penal establece ello. Para precisarlo le pregunté por titear al Sr. Erick Iriarte (@coyotegris) de la empresa que lleva su nombre. Él contestó lo siguiente: “…de hecho no se ha mencionado tiempo, pero el artículo en cuestión es el 164 CP”.
De hecho, esta apreciación es errónea y es una pena que los autores hayan persistido en el error induciendo involuntariamente al temor a medios y periodistas.
El Artículo 164° del Código Penal aborda el delito de publicación indebida de correspondencia:
Publicación indebida de correspondencia
Artículo 164.- El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar o telegráfica, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido, si el hecho causa algún perjuicio a otro, con limitación de días libres de veinte a cincuentidós jornadas.
3.- En este tipo penal, la conducta prohibida en este delito consiste en publicar indebidamente  una correspondencia epistolar o una correspondencia telegráfica. El Código Penal no menciona la difusión de correos electrónicos.  La diferencia entre correspondencia epistolar y correo electrónico es precisa. Así, el delito tipificado en el Artículo 164° del Código Penal sólo es aplicable a los que difunden indebidamente una correspondencia epistolar o telegráfica, no destinada a la publicidad. Por lo tanto, la difusión de correos electrónicos no se encuentra sancionada por el artículo mencionado.
4.- Esto es tan cierto que a la fecha ningún periodista que ha difundido comunicaciones obtenidas ilícitamente por terceros ha sido imputado, ni siquiera en los sonados casos llamados “Petroaudios” y “Potoaudios”, es decir para estos casos a ningún juez o fiscal se le ha ocurrido echar mano del Artículo 164°. En el caso del periodista Palma, no ha sido procesado por publicar comunicaciones indebidamente obtenidas por otros, sino por ser autor material, él mismo, de una violación de la comunicaciones de otra persona.
En este punto, es importante señalar la valoración por los medios y periodistas de lo que reviste interés público. Este concepto se encontraba ya presente en el proyecto de ley de la Corte Suprema enviado al Congreso en julio de 2011. Antes, en la Sentencia 0027-2005-PI/TC, el TC también se refrió al tema.
5.- El año 2010, el TC aclaró su postura en relación a la imputación de los periodistas en los casos de la interceptación de las telecomunicaciones y su divulgación por los medios de comunicación. Esta aclaración dice así:
“Que en relación a la interceptación de las telecomunicaciones y su divulgación por los medios de comunicación, está prohibida la difusión de información que afecte la intimidad personal o familiar, o la vida privada del interceptado o terceras personas, salvo que ella sea de interés o relevancia pública, lo que debe ser determinado en cada caso por el propio medio de comunicación. En caso de exceso tanto el periodista, como los editores y/o los propietarios de los medios de comunicación, serán responsables por tales excesos, según lo determine la autoridad competente”.
6.- La imposibilidad de imputar a los periodistas en base al artículo 164° llevó al que el Congreso, en base a varias iniciativas apruebe la llamada Ley Mordaza, cuestionada por el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) IPYS, IDL y otras instituciones. Esta ley fue observada por el Presidente de La República Ollanta Humala. Se entiende lógicamente que por esa razón, hoy día ni con el Artículo 164° ni con el Artículo 162° se puede imputar a un medio o periodista por divulgar documentos obtenidos ilícitamente por terceros.
7.- El Artículo 162° si fue modificado en dos oportunidades recientemente.
La Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30096, publicada el 22 octubre 2013, incluyó mayores penas si los autores de las interferencias cuando el delito recaiga sobre información clasificada como secreta, reservada o confidencial de conformidad con las normas de la materia o cuando el delito comprometa la defensa, la seguridad o la soberanía nacional
Luego, la Ley N° 30171, publicada el 10 marzo 2014, incluyó penas cuando el delito recaiga sobre información clasificada como secreta, reservada o confidencial de conformidad con la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública o si el agente comete el delito como integrante de una organización criminal, la pena se incrementa hasta en un tercio por encima del máximo legal previsto en los supuestos anteriores.
8.- Como se aprecia, queda claro que en el Perú en este momento ningún periodista o medio puede ser procesado por divulgar las comunicaciones obtenidas ilegalmente por otros si estas revisten interés público. Es cierto que el sistema legal está a la espera de un mejor diseño de lo que se denomina interés público, pero esto no implica violar las libertades informativas.
Aquí la entrevista de la Srta. Toche:
Esta es la aclaración del TC en referencia al asunto, a propósito de los “Petroaudios”: