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viernes, 11 de mayo de 2018

La derrota del juicio público y mediático

https://larepublica.pe/politica/1233487-derrota-juicio-publico-mediatico
La República
La mitadmasuno
27 de abril de 2018
Juan De la Puente
Las masas hacen la historia, pero no siempre la justicia. Ayer el Tribunal Constitucional (TC) ha consentido el pedido de hábeas corpus solicitado por Ollanta Humala y Nadine Heredia, revocando la prisión preventiva a la que fueron condenados hace 9 meses.
Como en ningún caso anterior, esta decisión implica una derrota de los juicios público y mediático, esta vez dirigido contra la ex pareja presidencial, pero que en todos los casos se ha expresado mayoritariamente contra los políticos acusados de corrupción, reclamando para ellos cárcel efectiva.
Hasta ahora, las veces que el juicio público se asociaba con el juicio mediático habían resultado victoriosos. Par concretar esa alianza era necesaria una intensa movilización de ambos más allá incluso de las razones objetivamente acusatorias. En cambio, cuando la movilización mediática no era intensa, el juicio público descargaba su ira de otros modos, entre el insulto, la ironía o la cólera constante.
Si en adelante esta asociación desea triunfar, tendrá que recargarse. En tanto, tienen razón los que señalan que la decisión del TC no solo deja descontentos a los que piden ahora prisión para los Humala, sino que dejará mañana sin alegrías a los que quieren ver tras las rejas vía prisión preventiva a Keiko Fujimori, Alan García o Pedro Pablo Kuczynski por razones distintas a una causa en curso. El TC ha parado en seco el carnaval de prisiones preventivas que han deformado un tanto la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, y no solo en lo tocante a los políticos. De paso, les ha dado una oportunidad de coherencia a quienes en casos análogos reclaman prisión para sus adversarios y libertad para sus amigos.
Los argumentos de la sentencia en favor de Humala/Heredia se refieren a tres aspectos: 1) uno doctrinario; 2) otro procesal; y 3) uno precisamente sobre la relación entre la justicia y la calle. En referencia a lo primero, la sentencia se ha atrincherado en la opción garantista que no es nueva en el TC, que ha sido expuesta el año 2002 y reiterada los años 2006 y 2012, y en total en 7 sentencias anteriores, que sostiene que la prisión preventiva es una regla de ultima ratio, es decir, de uso absolutamente indispensable o excepcional.
El TC ha recordado que existe una teoría democrática elemental en el juzgamiento moderno que, como expresa el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las NNUU, recomienda que en aras del reconocimiento de la importancia axiológica del derecho a la libertad personal y de la presunción de inocencia, los Estados deben recurrir a la prisión preventiva solo en tanto sea necesario para satisfacer una necesidad social apremiante y de forma proporcionada a esa necesidad.
En la parte procesal, el TC desmiente que los cálculos probabilísticos sobre el peligro procesal que plantea un investigado hagan de por sí razonable, le de fuerza necesaria y justifique una limitación tan grave de la libertad personal. En esa parte, el TC ha defendido el principio de la debida motivación de las resoluciones judiciales, un llamado serio de atención a la segunda instancia en este caso, más que a la primera, considerando un grave error que se haya aceptado como elemento de juicio para presumir el riesgo de perturbación de la actividad probatoria, evidencias que no fueron legalmente incorporadas al proceso. Con ironía fina, el TC cree que no se puede encarcelar a una persona por no declarar conforme a la verdad, por haber tenido conductas que no se acerquen a ella.
Finalmente, el TC la emprende con el modelo de juicio de masas a los que nos estábamos acostumbrando, cuestionando las audiencias programadas casi de modo inmediato luego de la presentación de la solicitud de prisión preventiva, o dándoseles continuidad o reprogramación a altas horas de la noche, e incluso, en algunos casos, de madrugada. Es probable que a tenor de lo expresado en otras oportunidades por los máximos representantes de la fiscalía y el Poder Judicial, esta precisión conduzca a audiencias menos tormentosas, espectaculares y predecibles.

Malas noticias regionales

https://larepublica.pe/politica/1229724-malas-noticias-regionales
La República
La mitadmsuno
20 de abril 2018
Juan De la Puente
Acopio información sobre la política fuera de Lima y soy portador de malas noticias relacionadas a las elecciones regionales y municipales que se llevarán a cabo en menos de 6 meses.
Los datos que arroja la campaña que se inicia son: 1) está en marcha la operación repliegue, es decir, la decisión de la mayoría de partidos nacionales de abstenerse de participar en por lo menos el 50% de circunscripciones, sobre todo municipales o, en su defecto, “participar” fichando candidatos independientes, convirtiéndose en vientres de alquiler; 2) el retorno de ex gobernadores regionales y ex alcaldes, investigados o procesados por corrupción, recargados con dinero y alianzas locales; 3) el despliegue anticipado de campañas millonarias; y 4)el ingreso a la contienda de las actuales autoridades que si bien no pueden reelegirse, buena parte de ellas utilizan los recursos públicos para respaldar a candidatos que les cubran las espaldas o se disponen a participar en otras circunscripciones.
El cuadro mostrado resume la profundización de la crisis de la oferta nacional que, sumada a la extrema debilidad de los movimientos regionales y locales ahora gobernantes, abre un gran vacío que será llenado por opciones más precarias e improvisadas, agravando la ingobernabilidad de una parte importante del país. De hecho, se constata que el financiamiento público entregado a los partidos desde al año 2017 ha tenido un alcance limitado en lo que concierne a fortalecer los procesos de organización partidaria.
Habría que profundizar más en las razones del agravamiento de la debilidad partidaria. Por lo pronto, se confirma que la mayoría de grupos nacionales atraviesan una larga etapa de división interna local/regional, al punto que varios candidatos debieron renunciar a sus partidos para postular por otros o por movimientos nuevos; y la pérdida de mínimas formas de actividad partidarias fuera de las grandes ciudades.
No obstante, el mayor problema reside en el fichaje. Desde hace meses las calles y carreteras del país presentan publicidad de candidatos sin partido a la espera del cierre de los plazos para las elecciones internas (25 de mayo) o la inscripción electoral (19 de junio). En ese lapso se tejen alianzas inimaginables y rocambolescas, cuyo resultado serán listas encabezadas por independientes fichados a última hora, pero integradas por militantes de un partido, o candidaturas distritales y provinciales de un movimiento que se trasladan en masa hacia otro de alcance regional. En ese contexto en varias regiones, como Ancash, Junín, Cusco, Ayacucho, Huánuco, Loreto o Puno, por citar regiones que presentan una mayor incidencia de estos enjuagues, se están formando auténticas alianzas mafiosas y experimentadas para asaltar regiones y municipios. Es la hora de las coaliciones corruptas a cara más o menos descubierta.
Es obvio que ese parámetro de la política regional no exige agenda, de modo que en un buen número de lugares del país yo no se tienen ni promesas. Este fenómeno, el pospopulismo regional, produce modelos de campaña electoral absolutamente vacías, centradas tanto en la denuncia entre oponentes, el ajuste de cuentas judicial, y la apatía generalizada de la sociedad. De allí que entre los elegidos y los electores luego de los comicios de octubre, no habrá ningún vínculo o algo que reclamar.

La constante del proceso electoral regional/local en curso es la indiferencia ciudadana, convertida ya en nuestro problema de fondo y para todos los asuntos políticos. Es evidente que se cumplirán los plazos, se inscribirán casi 15 mil listas con más de 100 mil candidatos, y los ganadores de los comicios asumirán sus funciones. Ello no implicará, lamentablemente, la renovación de la democracia en estos niveles del gobierno del Estado a causa de una muy baja legitimidad de origen. Lo que se ha experimentado a escala regional/local desde el 2015 –salvo excepciones muy escasas- y en el ámbito nacional desde el año 2016, se reproducirá en cuotas más intensas.

Inmunidad, impunidad y debilidad

https://larepublica.pe/politica/1226066-inmunidad-impunidad-y-debilidad
La República
La mitadmasuno
12 de abril de 2018
Juan De la Puente
Entiendo el propósito del proyecto de ley presentado por la congresista Patricia Donayre para suprimir la inmunidad parlamentaria, y comparto su firmeza en la lucha contra la impunidad de los elegidos por el pueblo, un esfuerzo creciente de los sistemas políticos acosados por el crimen político. Sin embargo, estoy en desacuerdo con la iniciativa presentada. Aquí algunas razones:
Uno. La representación tiene dos momentos, la formación y el ejercicio. Al primero corresponden los derechos y libertades de elegir y ser elegidos y de participación en los asuntos públicos, regulados por la ley. Al segundo corresponde el desempeño de los elegidos y las instituciones que integran, igualmente regulados. En ese orden de ideas, llevamos más de una década postergando la reforma del primer momento, de la formación de la representación, que es la etapa de impunidad legalizada, socavada por voto preferencial, el fichaje de independientes con dinero, el financiamiento ilegal y el desprecio a los militantes de base de los partidos.
Sin reforma radical de esa etapa, que no implique colocar más requisitos, el Congreso seguirá abierto a los indeseables y quizás solo se mejore el proceso de desafuero. En tal sentido, si se trata de formar una voluntad de reforma para cambiar la representación, sería más conveniente utilizar esa posibilidad para expedir normas de rango inferior inclusive, congeladas por las mayorías parlamentarias hace tiempo.
Dos. Nuestro esquema de distribución de poderes, cada vez alejado de la tradición del check and balances, ha migrado a un esquema de debilidad paritaria del Ejecutivo y Congreso, y hacia una colaboración inorgánica. Suprimir la inmunidad parlamentaria debilitaría la función de control, al reducir el marco de autonomía del legislador, considerando que, en la última etapa, este control se ha ampliado hacia áreas no estatales, como lo demuestran las investigaciones parlamentarias desde el año 2001 en cumplimiento del artículo 97º de la Constitución sobre cualquier asunto de “interés público”.
Sin inmunidad, esa forma de control sería compleja, jaqueada por ejemplo por recursos judiciales personalizados en determinados legisladores. Si habría sido el caso, no me imagino que no hubiese tenido respuestas legales penales de los involucrados las conclusiones de la Comisión investigadora sobre los delitos económicos y financieros cometidos entre 1990-2001, suscrita por Javier Diez Canseco (UPD) Walter Alejos (PP) Máximo Mena (PP) Juan Valdivia (APRA) y Kuennen Franceza (PPC).
Tres. Desde la doctrina parlamentaria clásica, la inmunidad no es un derecho personal ni un privilegio individual del legislador, sino una garantía que descansa en el poder del Parlamento como cuerpo colegiado, como lo ha señalado en su momento el Tribunal Constitucional (Exp. Nº. 0026-2006-PI/TC).
Esto no implica que no existan alternativas que eviten el espíritu de cuerpo o el canje de votos por impunidad, apreciado recientemente. Una de las opciones sugeridas es que, en cada legislatura, el Parlamento delegue en un cuerpo externo altamente calificado –como delega la función legislativa- las funciones de la Comisión de Ética y el levantamiento de la inmunidad de sus miembros.

Hoy, como hace 300 años, la clave sigue siendo la independencia del congresista, el elemento constitutivo del Legislativo como cuerpo político, es decir: 1) representación de todo el pueblo; 2) no sujeción a mandato imperativo e inviolabilidad; y 3) elección periódica. En este mismo aspecto, tengo el temor de que los grandes poderes económicos y políticos, cuestionados por su falta de sensibilidad y respeto hacia los pueblos originarios, consumidores, trabajadores u otros sectores con demandas específicas, aprovechen la ventana de oportunidad que les brinda la ausencia de esta prerrogativa, y fomenten la salida del Congreso de los parlamentarios que consideran incómodos a sus intereses. Ahora que ya tenemos una política judicializada que se desenvuelve en carriles con límites cada vez más difusos, seria inconveniente la judicialización del ejercicio parlamentario.